En Andalucía están estas tasas están reguladas por el DECRETO 302/2009, de 14 de julio, por el que se autoriza la implantación de enseñanzas universitarias de Grado, Master y Doctorado, se actualiza el Catálogo de Enseñanzas Universitarias conducentes a la expedición por las Universidades Públicas de Andalucía de títulos oficiales, así como la estructura de los centros que las imparten y se fijan los precios públicos y tasas a satisfacer por la prestación de servicios académicos y administrativos universitarios para el curso 2009/2010, concretamente el artículo 3 Precios Públicos y Tasas, “... los estudiantes con discapacidad entendiéndose por tales aquellos comprendidos en el artículo 1.2. de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad, tendrán derecho a la exención total de tasas y precios públicos en los estudios conducentes a la obtención de un titulo universitario”.
http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2009/138/d/1.html
Con respecto al curso académico 09/10, la UNED que exime del 100% de la primera matrícula, 50% en la segunda matrícula y en terceras y sucesivas matrículas aplica el coste de la segunda matrícula.
Enlace del informe en el CERMI:
http://www.cermi.es/CERMI/ESP/Novedades+e+informacion+de+interes/Juventud/2010/03/InformesobrelaexencióndepreciospúblicosenlasUniversidadesespañolasapersonascondiscapacidadcursoacadé.htm